lunes, 02 de agosto de 2010

Publicada en Gaceta Oficial Ley de supresión y liquidación de la CVA

El texto establece que el proceso de supresión y liquidación será llevado a cabo en un plazo de un año, contado a partir de este viernes
EN: ELNACIONAL.COM
SITE: http://www.el-nacional.com/
FECHA: 30/07/2010

 “…La junta tendrá la función de dictar y ejecutar los actos dirigidos a la supresión y liquidación de la CVA. Además, determinar el activo y el pasivo del instituto.

Asimismo, administrará y dispondrá los recursos necesarios a fin de garantizar la operatividad y eficacia de sus actuaciones y ejecutar las instrucciones que le sean impartidas por el titular del MAT.

Igualmente realizará el inventario de la documentación e información que reposen en los archivos de la CVA y cumplirá con las obligaciones contraídas por el organismo.”


Tags: Procedimientos de Archivo

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