Publicada en Gaceta Oficial Ley de supresión y liquidación de la CVA
El texto establece que el proceso de supresión y liquidación será llevado a cabo en un plazo de un año, contado a partir de este viernes EN: ELNACIONAL.COM SITE: http://www.el-nacional.com/ FECHA: 30/07/2010“…La junta tendrá la función de dictar y ejecutar los actos dirigidos a la supresión y liquidación de la CVA. Además, determinar el activo y el pasivo del instituto.
Asimismo, administrará y dispondrá los recursos necesarios a fin de garantizar la operatividad y eficacia de sus actuaciones y ejecutar las instrucciones que le sean impartidas por el titular del MAT.
Igualmente realizará el inventario de la documentación e información que reposen en los archivos de la CVA y cumplirá con las obligaciones contraídas por el organismo.”