martes, 03 de junio de 2008
LA LEY DE ACCESO A LA INFORMACIÓN NO RESPONDE A LAS NECESIDADES: GONZÁLEZ

EN: QUADRANTIN
Site: http://quadratin.com.mx
FECHA: 02/06/2008
AUTOR: Morelia, Mich.

La actual Ley de Acceso a la Información, quedó rebasada por la necesidad de hacer efectivo el derecho de la ciudadanía en general al acceso a la información pública de manera más amplia sostuvo el diputado priista, Eligio Cuitláhuac González Farias.

Por lo anterior dijo, que el grupo parlamentario del tricolor, presentó la iniciativa de Ley de Acceso a la Información que abrogaría la anterior porque estableció que los diputados priistas consideran la necesidad de que la ciudadanía acceda a la información pública transparente, gratuita y expedita así como al uso de mecanismos electrónicos cibernéticos en este servicio informativo.

Asimismo, mencionó que la iniciativa determina sanciones para quienes afecten esta garantía individual en perjuicio de la sociedad más aun cuando el Congreso de la Unión, aprobó para ello una adición al artículo 6º. Constitucional con un segundo párrafo en donde impone la obligación a la federación, estados y el Distrito Federal en sus respectivos ámbitos de competencia, expedir las leyes en materia de acceso a la información pública y transparencia, o en su caso realizar las modificaciones necesarias, a más tardar un año después de la entrada en vigor de este Decreto (julio 21 de 2007).

Precisó el legislador, que dada la trascendencia de la adición de referencia, el grupo parlamentario priista considera necesario que se reforme el artículo 97 de la Constitución Política de Michoacán y se presentó para ello, la iniciativa de Decreto correspondiente.

Asimismo calificó como "urgente" que en la entidad se expida una nueva ley en materia de acceso a la información pública y transparencia y no simples reformas y adiciones a la actual legislación y dijo que la propuesta de referencia, está ajustada y es jurídicamente congruente con la iniciativa de decreto.

Señaló que, por lo que toca a la garantía individual de acceso al la información pública y transparencia, se establecen principios y bases que regirán el acceso a la información pública en todo el territorio nacional como en el caso del ordenamiento de que es pública toda información que posea cualquier autoridad federal, estatal y municipal ya sea centralizada o paraestatal en sus diversas modalidades como la descentralización, la desconcentración o la participación por acciones.

En este sentido abundó que se contempla es este apartado que sólo podrá reservarse temporalmente cierto tipo de información por razones de interés público y en los términos que fijen las leyes y que en la interpretación de este derecho y garantía deberá prevalecer el principio de máxima publicidad.

Asimismo el ordenamiento de que toda personal tiene acceso gratuito a la información pública, sin necesidad de acreditar interés alguno, y sin necesidad de justificar su utilización, más aún si se trata de sus datos personales, teniendo el derecho a rectificarlos.

También se busca abundó, el ordenamiento de que en todos los niveles del gobierno mexicano se establezcan mecanismos de acceso a la información pública, y procedimientos de revisión expeditos, en la inteligencia de que éstos, se substanciarán ante órganos y organismos especializados e imparciales, y con autonomía operativa, de gestión y de decisión.

De la misma manera el ordenamiento de que los sujetos obligados o pasivos de la garantía individual (estado, gobierno y autoridades), deben preservar sus documentos en archivos administrativos actualizados, y publicarán a través de los medios electrónicos disponibles, la información completa y actualizada sobre sus indicadores de gestión y el ejercicio de los recursos públicos.

Los legisladores y quienes participan en el proceso legislativo también deberán hacer pública la información relativa a los recursos públicos que entreguen a personas físicas o morales y la inobservancia a todo lo otorgado como garantía individual, sea sancionado en los términos que dispongan las leyes.

Apuntó González Farias que asimismo, la federación, estado y Distrito Federal, en sus respectivos ámbitos de competencia, deben expedir leyes regulatorias de acceso a la información pública y transparencia a fin de que cuenten con sistemas electrónicos para que cualquier persona pueda hacer uso remoto de los mecanismos de acceso a la información pública y de los procedimientos de revisión que el mismo precepto Constitucional establece.

Finalmente comentó el diputado, que con esta iniciativa el grupo parlamentario del PRI, busca seguir fortaleciendo y ampliando la naciente cultura de acceso a la información pública y a la transparencia, cimentada en derechos humanos y en garantía individuales.


Tags: archivos administrativos, México, Ley de transparencia

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