miércoles, 20 de febrero de 2008
MANTENER BUENOS ARCHIVOS

EN: ELPERIODICOUSA.COM
SITE: http://www.elperiodicousa.com
FECHA: 20/02/2008
AUTOR: Irma Treviño

Usted puede evitar dolores de cabeza al declarar sus impuestos, manteniendo un archivo de sus recibos durante el año. Al mantener buenos archivos le ayudará a recordar sus transacciones hechas durante el año, que a su vez harán de su declaración de impuestos una experiencia menos laboriosa.

Los archivos le ayudan a documentar las deducciones que ha reclamado en su declaración. Necesitará esta documentación en caso el IRS elija su declaración para una auditoria. Normalmente, los archivos tributarios deben mantenerse por tres años, pero algunos documentos - como aquellos asociados con la compra o venta de vivienda, transacciones de acciones, pensiones (IRA), propiedades de negocios o alquiler - deberán guardarse por más tiempo.

En la mayoría de los casos, el IRS no requiere que los archivos se mantengan en forma particular. Por lo general, usted debería mantener todos y cada uno de los documentos que pudieran afectar su declaración de impuestos federal:

• Facturas
• Recibos de tarjetas de crédito y otros
• Registros de millaje
• Cheques cancelados, copias o substitutos o cualquier prueba de pago
• Archivos que respalden las deducciones o créditos que reclame en su declaración de impuestos.
Mantener buenos archivos durante todo el año le ahorra tiempo y esfuerzo en la temporada de declaraciones de impuestos cuando esta organizando y preparando su declaración. Si contrata a un profesional pagado para que prepare su declaración, los archivos que ha mantenido ayudaran al preparador a completar su declaración de una manera rápida y precisa.

Para más información sobre archivos que debe guardar, vea la Publicación 552, en inglés, "Archivos para Individuos" disponibles en http://www.irs.gov , o llamando gratis al: 1-800-TAX-FORM (1-800-829-3676). Recuerde que el sitio genuino del IRS Web es gov; no se confunda con el com, net, org u otros en lugar de gov. La dirección oficial del IRS es: http://www.irs.gov.

 



Tags: Procesos archivo

Publicado por carmenmarin @ 18:36  | ARCHIVOS PERSONALES
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