EMITE IFE LINEAMIENTOS PARA USO DE DOCUMENTOS IMPRESOS Y FOTOCOPIAS
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FECHA: 02/10/2007
AUTOR: Ntx
Las unidades administrativas de oficinas centrales y órganos delegacionales aprovecharán los sistemas informáticos y redes de comunicación remota.
México.- El Instituto Federal Electoral (IFE) emitió los Lineamientos para el Uso Racional de Documentos Impresos y Producción de Fotocopias Mediante la Utilización de Medios Electrónicos, para simplificar su distribución y ahorrar papel.
Esta normatividad, aprobada por la Junta General Ejecutiva, señala que las unidades administrativas de oficinas centrales y órganos delegacionales aprovecharán los sistemas informáticos y redes de comunicación remota, mediante la institucionalización del uso de correo electrónico y de documentos compartidos en Intranet.
El sistema se usará para revisar, corregir, actualizar y transferir información interna, dentro de la misma unidad administrativa, entre áreas de oficinas centrales, así como de éstas a las juntas ejecutivas locales y distritales y viceversa.
La medida tiene como propósito "ahorrar tiempo y recursos, disminuir los viajes del personal por comisiones y reducir gastos en viáticos y pasajes", explicó.
El documento subraya que las unidades administrativas de oficinas centrales deberán de difundir, a través de la página de Intranet del instituto o de su propia página si cuentan con ella, toda clase de avisos, circulares y comunicados, entre otros.
Las unidades administrativas de oficinas centrales deberán usar eficientemente los recursos del Sistema de Control de Gestión, para evitar el fotocopiado o impresión de archivos documentales, y en consecuencia optimizar el uso de papel y servicio de fotocopiado.
En cada unidad administrativa de oficinas centrales y en juntas ejecutivas locales y distritales el coordinador administrativo y vocal secretario, respectivamente, establecerán metas mensuales y anuales de reducción del volumen de fotocopiado, conforme se lo permitan las cargas operativas, procurando alcanzar la meta anual.
Dichas metas se harán del conocimiento de la Dirección Ejecutiva de Administración en el mes de enero de cada año, y se reportará trimestralmente su cumplimiento, dentro de los 10 días naturales posteriores al período de informe.
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