martes, 27 de febrero de 2007
DARÁN A CONOCER DICTAMEN SOBRE ACCESO A LA INFORMACIÓN

EN: EL PORVENIR
SITE: http://www.elporvenir.com.mx
FECHA: 27/02/2007
AUTOR: NTX

La forma establecerá que sólo la Federación, los estados y el Distrito Federal, tendrán la competencia para regular y tutelar el derecho de acceso a la información.

México, DF.- Las comisiones de Puntos Constitucionales y Función Pública de la Cámara de Diputados darán a conocer este miércoles el dictamen de la reforma al artículo 6 constitucional, en el cual se busca establecer los marcos mínimos para todas las entidades federativas en materia de transparencia y acceso a la información.

Juan Francisco Escobedo, académico de la UNAM y uno de los especialistas en derecho de acceso a la información, adelantó a EL UNIVERSAL algunas precisiones que se le hicieron a la “Declaración de Chihuahua”, que se transformó en días pasados en iniciativa de ley, la cual fue presentada por gobernadores de diversas entidades.

La reforma establecerá que sólo la Federación, los estados y el Distrito Federal, tendrán la competencia para regular y tutelar el derecho de acceso a la información.

“Esto, con la finalidad de acotar el proceso tan anárquico de muchos reglamentos municipales.

Los municipios tendrán que acogerse y regular este tema con base en la Constitución y en las leyes estatales”, precisó el especialista.

Actualmente, como la ley es omisa sobre el tema, los municipios, ayuntamientos y cabildos, han hecho reglamentos incluso regresivos a la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información.

Como ejemplo, Escobedo citó el caso de la controversia existente entre el municipio de Torreón y el Instituto de Acceso a la Información de Coahuila.

“No solo hacen reglamentos, sino que hasta se quejan ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación para impedir que órganos estatales ejerzan jurisdicción en los municipios”, señaló.

Un segundo aspecto que tendrá esta reforma constitucional es que en la ley ya se habla de que toda la información que está en posesión de todas las autoridades, sean entidades, órganos, organismos desconcentrados, es y será pública.

“Se está incorporando a la Constitución el principio de la máxima publicidad. Esto es un salto cualitativo importante entre lo que hoy tiene el artículo 6 Constitucional y lo que se está planteando en esta reforma.

En el texto se establece que sólo se reservará la información por razones de interés público.

Es decir, que las excepciones se tienen que justificar bajo motivaciones de que se trata de razones de interés público por las que se reserva la información temporalmente”, explicó Escobedo.

En relación a la información que tiene que ver con la vida privada y los datos personales, en el proyecto establece que será protegida de acuerdo con la ley y que sólo será divulgada cuando exista interés público.

“Aquí también hay que acreditar un interés público. Violaciones flagrantes a derechos humanos, entre otras cosas.

No puedes preguntarles a las personas si violaron o no sus derechos humanos, tienes que abrir la información.

La propuesta está desarrollando adecuadamente el equilibrio de máxima publicidad y la protección de los datos personales.
Pero aún así está poniendo las razones por las que se puede difundir una y otra. No son principios absolutos, pero hay que justificar las excepciones”, dijo Escobedo.

Todas las leyes de acceso a la información –tanto las vigentes como las que estén por salir a la luz pública-- deberán acotarse a lo que diga la Constitución.

“Se dará un periodo razonable de un año para que todas las leyes, las vigentes y las que se hagan, realicen modificaciones necesarias para ponerse a tono en la reforma constitucional.

En la constitución, en caso de aprobarse, se establecerá que las personas que presenten información no tendrán que justificar para qué la quiere ni tampoco acreditar interés”, detalló el académico.

En cuanto al derecho en sí mismo, se establece que éste tendrá que ser gratuito, tanto para la petición de información como para la rectificación de datos personales y que no se deberá acreditar personalidad alguna o el motivo por el cual se pide la información.

“El derecho de acceso es gratuito así como la rectificación de los datos personales, porque algunas leyes estatales preguntan para qué la quieres.

Al solicitante lo hacen un sospechoso”.

Debido a que la reforma constitucional no incluirá muchos temas sobre la protección de datos personales, sobre todo de la información que se encuentra en registros privados o particulares –como las empresas—se busca con esto que más adelante el Poder Legislativo pueda aprobar una Ley de Datos Personales.

La deficiencia de la iniciativa presentada por los gobernadores era que enmarcaba a los datos personales como confidenciales y las excepciones eran tratadas por la ley.

Ahora, con estas modificaciones realizadas por algunos académicos, esto ya no se plantea así.

“La confidencialidad y la protección estará en las leyes, pero no en la Constitución.

Es como un candado. Interpretando este precepto, implicará que se haga una Ley de Datos Personales, porque la actual habla de los datos que están en posesión de los órganos de gobierno no de los datos personales que están en registros privados”, acotó Escobedo.

Características del órgano garante
En relación al órgano garante, similar al Instituto Federal de Acceso a la Información (IFAI), la propuesta establece que los mecanismos de acceso a la información primero serán expeditos y se substanciarán ante órganos u organismos especializados, imparciales, con autonomía operativa, presupuestaria y de decisión.

“La Constitución es omisa actualmente a las características del órgano. Me parece importante que se establezcan las características mínimas para no ser objeto de presiones políticas en los estados, para no dar información y convertirse en servicio de gobiernos de turno”.

“Lo que se está diciendo es que para tutelar de manera efectiva el derecho de acceso se requiere de órganos garantes especializados.

Se echa abajo la idea de que son muy caros, que generan burocracia o que ya existen órganos que lo pueden realizar.
La práctica demostró que el órgano garante es el mecanismo más efectivo para tutelar este derecho y al sacarlo de la vía jurisdiccional es más rápido, efectivo y expedito y evita que quien solicita tenga que gastar mucho dinero en procesos que son muy onerosos”.

También la reforma constitucional hace referencia a que los sujetos obligados deberán mantener sus documentos en archivos actualizados y deberán publicar por todos los medios la información.

“Esto obligará a tener archivos en orden. Aunque también es otro tema pendiente la creación de una Ley de Archivos”, reconoció Escobedo.

Los partidos pendientes

A pesar de que la reforma constitucional podría incluir como sujetos obligados a los partidos políticos, Escobedo reconoció que éstos quedarán, dependiendo de la correlación de fuerzas que se dé en el Congreso de la Unión.

“En esta iniciativa se deja de lado y no, porque las leyes determinarán que los sujetos obligados entreguen información a personas físicas y morales.

Si bien la ley los considera (a los partidos) de interés público, no son entidades públicas.

El problema aquí es que ha vuelto a salir la defensa de los partidos políticos. Como ocurrió en su momento, cuando impulsamos la ley y queríamos hacer una reforma en ese marco.
Los partidos dijeron que apoyaban la ley, pero que ellos no podían estar como sujetos obligados directos.

Aquí es como transitar de la obligación indirecta a la obligación directa. En este sentido hay algunos avances en el país y algunas leyes locales en las que los partidos políticos son sujetos obligados como en Morelos, Coahuila y Chihuahua”, precisó.

Hubo distintos procesos de consulta a funcionarios del IFAI, a especialistas en derecho de acceso a la información.
El miércoles se reunirán las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de la Función Pública, para dar a conocer lo que se será la redacción final de la propuesta de reforma al artículo 6 constitucional.

Entre los especialistas consultados están Diego Valadés, Jorge Carpizo, Miguel Carbonell, Francisco Escobedo, Sergio López Ayllón entre otros.

La reforma constitucional incluirá los mínimos para las entidades federativas.

Se propone que sólo sean los estados y el Distrito Federal quienes puedan crear leyes.

Esto obliga a que los municipios se acoten a estas normas.

Se especifica que debe haber un órgano especializado para la vigilancia del cumplimiento de este derecho.

Se coloca el concepto de máxima publicidad en la Constitución y la protección de datos personales, salvo cuando haya interés público para conocerlos.

Se determina que todo documento o archivo que esté en oficinas del gobierno serán de interés público.

Esto prohibirá que se eliminen y que se preserven.

Todas las leyes de acceso a la información –tanto las vigentes como las que estén por salir a la luz pública-- deberán acotarse a lo que diga la Constitución.

Quedará pendiente la inclusión de los partidos políticos como sujetos obligados, hasta que no exista acuerdo entre las fuerzas políticas del país.
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