LA DISCRIMINACIÓN EN LAS OFERTAS DE EMPLEO PARA EL ÁREA DE ARCHIVOS
Es lamentable tener que reconocer que en pleno siglo XXI exista discriminación en Venezuela. La comprobación la obtengo al realizar el recorrido diario por la red, confirmando lo que muchos profesionales y estudiantes del área me habían expresado, que algunas empresas que requieren nuestros servicios establecen requisitos para el cargo con evidencia cierta de desigualdad en aspectos tales como sexo y edad.
Estas empresas parecen desconocer el contenido de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Nada más, por citar un ejemplo de la importancia de este aspecto, en la Constitución la palabra IGUALDAD aparece 13 veces.
A continuación, les publico las partes de la Constitución en donde se expresa claramente que en Venezuela esa práctica es ilegal y es penada por la Leyes venezolanas.
NOTA: se han resaltado en mayúscula las palabras “IGUALDAD” y “SIN DISCRIMINACIÓN” .
CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PREÁMBULO
El pueblo de Venezuela, en ejercicio de sus poderes creadores e invocando la protección de Dios, el ejemplo histórico de nuestro Libertador Simón Bolívar y el heroísmo y sacrificio de nuestros antepasados aborígenes y de los precursores y forjadores de una patria libre y soberana; con el fin supremo de refundar la República para establecer una sociedad democrática, participativa y protagónica, multiétnica y pluricultural en un Estado de justicia, federal y descentralizado, que consolide los valores de la libertad, la independencia, la paz, la solidaridad, el bien común, la integridad territorial, la convivencia y el imperio de la ley para esta y las futuras generaciones; asegure el derecho a la vida, al trabajo, a la cultura, a la educación, a la justicia social y a la IGUALDAD SIN DISCRIMINACIÓN ni subordinación alguna; promueva la cooperación pacífica entre las naciones e impulse y consolide la integración latinoamericana de acuerdo con el principio de no intervención y autodeterminación de los pueblos, la garantía universal e indivisible de los derechos humanos, la democratización de la sociedad internacional, el desarme nuclear, el equilibrio ecológico y los bienes jurídicos ambientales como patrimonio común e irrenunciable de la humanidad; ...
TÍTULO I
PRINCIPIOS FUNDAMENTALES
Artículo 1. Venezuela se declara República Bolivariana, irrevocablemente libre e independiente y fundamenta su patrimonio moral y sus valores de libertad, IGUALDAD, justicia y paz internacional, en la doctrina de Simón Bolívar, el Libertador.
Artículo 2. Venezuela se constituye en un Estado democrático y social de Derecho y de Justicia, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico y de su actuación, la vida, la libertad, la justicia, la IGUALDAD, la solidaridad, la democracia, la responsabilidad social y en general, la preeminencia de los derechos humanos, la ética y el pluralismo político.
TÍTULO III
DE LOS DEBERES, DERECHOS HUMANOS Y GARANTÍAS
Capítulo I
Disposiciones Generales
Artículo 19. El Estado garantizará a toda persona, conforme al principio de progresividad y SIN DISCRIMINACIÓN ALGUNA, el goce y ejercicio irrenunciable, indivisible e interdependiente de los derechos humanos. Su respeto y garantía son obligatorios para los órganos del Poder Público de conformidad con la Constitución, los tratados sobre derechos humanos suscritos y ratificados por la República y las leyes que los desarrollen.
Artículo 21. Todas las personas son iguales ante la ley, y en consecuencia:
1. NO SE PERMITIRÁN DISCRIMINACIONES fundadas en la raza, el sexo, el credo, la condición social o aquellas que, en general, tengan por objeto o por resultado anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio en condiciones de IGUALDAD, de los derechos y libertades de toda persona.
2. La ley garantizará las condiciones jurídicas y administrativas para que la IGUALDAD ante la ley sea real y efectiva; adoptará medidas positivas a favor de personas o grupos que puedan ser discriminados, marginados o vulnerables; protegerá especialmente a aquellas personas que por alguna de las condiciones antes especificadas, se encuentren en circunstancia de debilidad manifiesta y sancionará los abusos o maltratos que contra ellas se cometan.
Capítulo V
De los Derechos Sociales y de las Familias
Artículo 88. El Estado garantizará la IGUALDAD y equidad de hombres y mujeres en el ejercicio del derecho al trabajo. El Estado reconocerá el trabajo del hogar como actividad económica que crea valor agregado y produce riqueza y bienestar social. Las amas de casa tienen derecho a la seguridad social de conformidad con la ley.
Artículo 89. El trabajo es un hecho social y gozará de la protección del Estado. La ley dispondrá lo necesario para mejorar las condiciones materiales, morales e intelectuales de los trabajadores y trabajadoras. Para el cumplimiento de esta obligación del Estado se establecen los siguientes principios:
4. Toda medida o acto del patrono contrario a esta Constitución es nulo y no genera efecto alguno
5- SE PROHÍBE TODO TIPO DE DISCRIMINACIÓN POR RAZONES DE POLÍTICA, EDAD, RAZA, SEXO O CREDO O POR CUALQUIER OTRA CONDICIÓN.
Artículo 95. Los trabajadores y las trabajadoras, sin distinción alguna y sin necesidad de autorización previa, tienen derecho a constituir libremente las organizaciones sindicales que estimen convenientes para la mejor defensa de sus derechos e intereses, así como el de afiliarse o no a ellas, de conformidad con la Ley. Estas organizaciones no están sujetas a intervención, suspensión o disolución administrativa. Los trabajadores y trabajadoras están protegidos CONTRA TODO ACTO DE DISCRIMINACIÓN o de injerencia contrarios al ejercicio de este derecho. Los promotores, promotoras e integrantes de las directivas de las organizaciones sindicales gozan de inamovilidad laboral durante el tiempo y en las condiciones que se requieran para el ejercicio de sus funcione
____________________________________________________
A continuación ejemplos conseguidos en el día de hoy
30/11/2006
Banca Comercial
Dirección:
Caracas Miranda
Contacto:
Correo-E:
Información sobre la empresa:
Consultora cuyo objetivo primordial es captar, reclutar y seleccionar el personal mas idóneo calificado y colocarlo en las empresas de este país.
10. - Archivólogo
Prestigiosa Institución Financiera solicita un Archivólogo graduado . Organización y métodos para la organización de archivos de una corretaje de seguros. Esta persona debe encargarse de mantener actualizado los archivos de la empresa, y reproducir algunos documentos. Sexo Masculino (Indispensable)Indicar en el Asunto: El Cargo a postularse y anexar el CV con foto
Localidad: Caracas - Dist. Capital
Salario: a convenir
Fecha: 28 de octubre de 2006
__________________________________________________________
Este aviso está cerrado.
La empresa ya cubrió la o las posiciones o finalizó la búsqueda.
Información sobre avisos de empleos » volver al listado de avisos | volver al buscador
Archivólogo, [Vacantes 1]
Descripción del aviso de empleo
Requerimos un archivólogo con 2 años de experiencia en su área profesional.
Requisitos:
Profesional universitario graduado o estudiante de los últimos semestres
Disponibilidad tiempo completo
Sexo masculino
Residenciado en Caracas
Venezuela, Caracas, Distrito Federal
Administración de salas de Cine a nivel Nacional.
Sexo Postulante
Indistinto
Tipo de puesto de trabajo
Área Otra, Industria Entretenimiento, Full-time
__________________________________________________________
Mercado Laboral
Servicios solicita
Archivólogo bilingüe
Código: 187663
Para trabajar en Caracas (Venezuela)
Área de Interés
Secretarias, Cajeros y Oficinistas
Funciones y responsabilidades
Manejo y control de expedientes de empresa trasnacional del sector legal.
Carreras preferidas
Información y Documentación
Nivel Académico
Universitario
Tipo de cargo
Permanente
Número de vacantes
1
Requisitos del cargo:
Se requiere licenciada en archivología o bibliotecología, dinámica, con alta capacidad organizativa, buenas relaciones interpersonales y capacidad para trabajar bajo presión. Con horario flexible. 100% Bilingüe
Experiencia
Experiencia de al menos 5 años en el área, preferiblemente en el manejo de expedientes legales (no limitativo).
Edad
Entre 26 y 35 años
Sexo
Femenino
Disponibilidad
Inmediata
Beneficios
Atractivo paquete salarial.
Límite de Recepción CV
10 de Diciembre de 2006
Solicitud del 10 de Noviembre de 2006
Postulaciones
Hasta ahora hay 9 personas postuladas
Si desea agregar esta oferta de empleo a su carpeta personal haga clic aquí
_______________________________________________________
Mercado Laboral
Archivólogo
Código: 186445
Para trabajar en
Caracas (Venezuela)
Area de Interés
Secretarias, Cajeros y Oficinistas
Funciones y responsabilidades
Se solicita Lic. en Archivología para empleo temporal de 03 meses comenzando el 01 de Diciembre 2006
Nivel Académico
Universitario
Tipo de cargo
Contratado
Número de vacantes
1
Sexo
Indistinto
Disponibilidad
Inmediata
Límite de Recepción CV
27 de Noviembre de 2006
Solicitud del 6 de Noviembre de 2006
Postulaciones
Hasta ahora hay 43 personas postuladas
Si desea agregar esta oferta de empleo a su carpeta personal haga clic aquí
__________________________________________________________
Finalmente, la recomendación es por: el respeto, la igualdad y derechos de todos los venezolanos sin distinción, ni discriminación de ninguna clase y en ningún aspecto. Suprimí los nombres de las empresas para darles oportunidad de reflexionar y corregir. No obstante se les hará seguimiento para ver si incurren en la falta nuevamente, en ese momento si colocaré los nombres.
___________________________________________________________