lunes, 07 de noviembre de 2005
REGLAMENTO INTERNO

GRUPO PARLAMENTARIO VENEZOLANO DEL PARLAMENTO LATINOAMERICANO

Caracas, primer día del mes de febrero de dos mil uno. Año 191 de la Independencia y 142 de la Federación.

Sección VII
De los Servicios de Archivo.

Artículo 44._ Los Servicios de Archivo estarán a cargo de un Jefe de Archivo el cual deberá ser un profesional de esa rama.

Artículo 45._ Corresponde al Jefe de Archivo organizar metodológicamente, en expedientes por materia o asuntos, el archivo del Grupo y velar porque se mantenga actualizado incorporando toda la correspondencia original que ingrese a la Dirección General y copia de toda la correspondencia que emane del Grupo, así como los anexos que la acompañan.

Articulo 46._ Es de la competencia del Presidente, previa consulta con el grupo, la designación y remoción del Jefe de Archivos.
Dado, firmado y sellado en Sesión Plenaria del Grupo Parlamentario Venezolano del Parlamento Latinoamericano, celebrada en la ciudad de Santiago de León Caracas el primer día del mes de febrero de dos mil uno. Año 191 de la Independencia y 142 de la Federación.

El Presidente, Rafael Correa Flores.
El Vice - Presidente de Relaciones Interinstitucionales, Enrique Vivas Quintero.
El Vice - Presidente de Relaciones Interparlamentarias, Walter Gavidia Rodríguez.
El Vice-Presidente de Comisiones, Víctor Hugo De Paola, González.
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